Documentación

Recordá que es responsabilidad del pasajero presentarse al momento de viajar con los documentos necesarios vigentes y en buen estado.


Uruguayos

Para embarcar deberá presentarse con el documento personal vigente que puede ser: Cédula de identidad o pasaporte, en buen estado y vigente.

Argentinos

Para embarcar deberá presentarse con el documento personal vigente que puede ser: Documento nacional de identidad (D.N.I.) o pasaporte, en buen estado y vigente.

Extranjeros que viven en Argentina

En el caso de extranjeros que vivan en Argentina utilizarán la misma documentación que los nativos, con la salvedad que en caso de viajar con Documento Nacional de Identidad deberán ser residentes permanentes en el caso de extranjeros procedentes de países a los que le República Oriental del Uruguay les exige VISA deberán viajar con el pasaporte de su país de origen el que tendrá la intervención consular correspondiente.

Ver países con convenio de supresión de VISAS

De acuerdo a los establecido entre los gobiernos de la República Oriental del Uruguay y la República popular China, ponemos en conocimiento que las personas de nacionalidad China que ingresen al Uruguay de manera fluvial deberán contar con la visa uruguaya.

Las personas que viajen con cédula de identidad y sean de países limítrofes también deben presentarse con la entrada al país (vigente).

Muy importante: Dada la nueva disposición de Migraciones Argentina, es obligatorio conservar en buen estado y presentar al regreso a Uruguay, la tarjeta migratoria con la que embarco en el puerto de Colonia o en el puerto de Montevideo, sin dicha tarjeta no podrá salir de Argentina.


Recordá que es responsabilidad del pasajero presentarse al momento de viajar con los documentos necesarios vigentes y en buen estado. Mas informacion viaje con menores. Más información permiso para menores


Menores uruguayos:

Que viajan con ci (vigente y en buen estado)

Que viajan con ambos padres: partida de nacimiento vigencia 1año.
Que viajan con un padre o solos: permiso de menor.
Reconocido por un solo padre: partida de nacimiento vigencia 30 días.
Con una solo padre (padre fallecido): partida de defunción y partida de nacimiento, vigencia 1 año
Que viajan con pasaporte uruguayo:
No necesitan otro documento

Que viajan con pasaporte extranjero:
expedido en el exterior: no necesitan otro documento

Expedido o renovado en uruguay:
- si no viajan con ambos padres: además del pasaporte necesitan permiso de menor
- si viajan con ambos padres: : además del pasaporte necesitan partida de nacimiento, vigencia 1 año

Menores extranjeros:

Viajan con documento hábil de viaje (vigente y en buen estado), sólo necesitan otro documento en los siguientes casos:

- Con residencia legal o en trámite en nuestro pais o sin residencia pero que lleve mas de un año en el pais:
- Acompañado de ambos padres: documento hábil de viaje y partida de nacimiento expedida por el registro del estado civil, con menos de 1 año de expedida.
- Acompañado de un solo padre:
- Permiso de menor
- Cuando está reconocido sólo por este, presentando documento hábil de viaje y partida de nacimiento con una vigencia no mayor a 30 días.
- Acompañado de un sólo padre, cuando el otro es fallecido, presentando documento hábil de viaje, partida de defunción y partida de nacimiento con una vigencia no mayor a 1 año.

Menores extranjeros hijos de diplomáticos acreditados en nuestro país: pasaporte diplomático, o pasaporte común con sello del ministerio de relaciones exteriores, en el cual conste su acreditación en nuestro país, o cédula de identidad uruguaya para diplomáticos.

Otros casos:

- si el menor está casado: partida de matrimonio.
- Acompañado de su tutor: testimonio judicial de designación y aceptación del cargo del tutor.
- Con pasaporte diplomático, pasaporte oficial o título de identidad y de viaje uruguayos, no necesita otra documentación
- Con sentencia o autorización judicial (poder judicial uruguayo) para radicarse en un país extranjero
- Menor cuyos padres son fallecidos y no está bajo el régimen de tutela: c.i. del menor vigente y en buen estado, autorización expedida por el juez competente.
- Menor que está bajo el régimen de tutela que viaja sin menor: permiso de menor y c.i..-

Todos los pasajeros con residencia en trámite:
deben presentar permiso de reingreso con el documento hábil de viaje (c.i. , dni, pasaporte, etc.)

Recordá que es responsabilidad del pasajero presentarse al momento de viajar con los documentos necesarios vigentes y en buen estado. -Más información-


Vehículo propio

Para pasajeros que viajen con vehículos propios deberán presentar :

- Documento de Identidad válido para circular en el MERCOSUR,(Cédula de Identidad, DNI o Pasaporte)
- Documento que lo califica como turista emitido por la autoridad migratoria.
- Licencia para conducir.
- Comprobante de seguro vigente.
- Título u otro documento oficial que acredite la propiedad del vehículo, (Placas de matriculación y registro en el país de origen).

Información adicional

Vehículo de otra persona

Para pasajero que viaje con vehículos de otras personas, necesitará un poder ante escribano publico autorizado por el titular propietario del vehículo que figura en la documentación del mismo.